Un juzgado de A Coruña ha anulado, según informa
Automovilistas Europeos Asociados (AEA), una sanción impuesta por la DGT
a un conductor que circulaba a más velocidad de la permitida en una vía
de Fene controlada por radar. La resolución estima que se trata de una
vía urbana, por lo que las competencias para denunciar recaen en la
Policía Local y no en la Guardia Civil de Tráfico.
El conductor que presentó el recurso había sido sancionado con 100 euros de multa por circular a 70 km/h en un tramo limitado a 50 km/h.
La sentencia se fundamenta en un informe de la Policía Local de
la localidad de Fene, que concluye que el lugar donde está situado el
radar tiene la consideración de travesía. Además, añade que tiene características de vía urbana porque está catalogado como tal en el plan urbanístico de la localidad gallega.
En virtud de todo lo comentado anteriormente, los agentes que elaboraron el informe consideran que la Policía Local tiene la competencia para denunciar infracciones en la citada vía y la alcaldía de Fene la tiene para instruir el expediente sancionador.
fuente: http://www.autobild.es/noticias/la-dgt-no-puede-multar-en-vias-urbanas-152403
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